JUSTIFICACIÓN.
Al analizar mi plan de estudios me encontré que
esté no cuenta con ninguna materia sobre medicina legal, esta materia es
indispensable para la formación de un abogado, puesto que terminando la carrera la vamos utilizar
cotidianamente, pues son muchos los caso en los que el conocimiento de esta asignatura
nos ayudara a tener un mejor desempeño laboral.
Por esta razón decidí hacer una
investigación, sobre los beneficios que nos traería el que se integrara la
materia de medicina legal al plan de estudios Minerva de la licenciatura de
derecho.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA.
El plan de estudios minerva no cuenta con la
materia de medicina legal, por esta razón los estudiantes salen con muy escasos
conocimientos de esta asignatura y se ven en problemas cuando necesitan
aplicarlos en el campo laboral.
OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN.
El proceso de enseñanza-aprendizaje de la
asignatura de Medicina Legal, es esencial para la carrera de derecho, si esta
materia se imparte adecuadamente y se integra en el programa, hará que la
licenciatura de derecho abarque todas las competencias que el estudiantes
utilizara dentro del campo laboral.
OBJETIVO GENERAL Y ESPECÍFICO.
Objetivo general: dar una propuesta de plan
de estudios para la licenciatura de derecho, mostrando los beneficios que se obtendrían.
Objetivos específicos:
·
Integrar la
materia de Medicina Legal al plan de estudios Minerva cuando se estén llevando el
área de las ciencias penales.
·
Dar a
conocer los beneficios que obtendrían los estudiantes, si esta materia se
integra a su plan de estudios, y las competencias (desarrollo de habilidades y
destrezas) que podrían desempeñar al adquirir estos conocimientos.
·
Conocer la
aplicación de la medicina legal dentro de la carrera de derecho
HIPÓTESIS
Al integrar esta materia al plan de estudios, los estudiantes de la licenciatura
de derechos saldrán más preparados, y podrán ejercer su carrera con más
facilidad por qué cuentan con las herramientas necesarias para poder aplicar
todos los conocimientos que adquirieron en su formación.
La medina legal como materia dentro del plan
de estudios en la carrera de derecho, hará de éste un programas más completo y
le dará a los estudiantes las competencias (desarrollo de habilidades y
destrezas) necesarias para tener una formación integral de más calidad.
INTRODUCCIÓN.
Cuando se habla de los términos Medicina y
Derecho, tal pareciera que nos referimos a dos ciencias distintas y ajenas, una
de la otra; la medicina humana, no sólo persigue su objetivo primordial de
prevenir, dar y sanar la salud del hombre; si no que, además ha ingresado a
otros campos denominados medico-sociales, para desenvolverse en el contexto
social.
Los conocimientos biológicos humanos pueden
también servir y ser útiles a quienes estructuran leyes, las administran y las
aplican, a fin de proporcionarles elementos
científicos en que se fundamenten decisiones y puedan ayudar a su
interpretación y aplicación, en una rica y constante relación con el Derecho.
Es el Derecho considerado como norma jurídica obligatoria, el que debe
determinar convenientemente sobre algunos aspectos del ser humano, que si bien
deben enmarcarse jurídicamente, porque de no hacerlo, podría dañar gravemente
el objetivo primordial del Derecho, el cual es la Justicia.
Su único propósito es el de estudiar teórica y
prácticamente los conocimientos médicos y biológicos necesarios para resolver
problemas jurídicos, es precisamente ahí cuando las mismas forman un sólo
concepto denominado Medicina Legal.
Por su estrecha relación es
que se propone que la materia de Medicina Legal
se integre al plan de estudios minerva en la licenciatura de derecho de
la BUAP, ya que el anexar esta asignatura al programa aportara nuevos
conocimientos que les serán de gran utilidad a los abogados cuando se les
presentes casos en los que requieran de ellos para poder resolverlos.
MARCO TEÓRICO Y CONCEPTUAL.
Antecedentes históricos
La medicina legal surgió como disciplina en
el continente europeo, primordialmente en Italia y Francia.
Se
consideran como padres de la Medicina Legal moderna al francés Ambrosio Paré (1517-1590)
que en 1575 dedicó algunos volúmenes de su obra a la metodología para preparar
informes medicolegales y descubrir las enfermedades simuladas; y a Paolo Zacchia (1584-1659)
médico del papa que superó a su compatriota con la obra "Cuestiones
Medicolegales", publicada entre 1621 y 1635.
A
partir del siglo XVIII se desarrollan las primeras cátedras de medicina legal
en las Universidades alemanas.
La
Universidad de Edimburgo, es la primera en crear la cátedra de medicina legal
en el año de 1807, siendo su creador el doctor Andrés Duncan, luego fue
sucedido en 1822 por el doctor Cristison, quien fue por más de 50 años una
verdadera autoridad como médico legal.
Ahora
bien, podríamos definir de muchas maneras lo que entendemos como Medicina
Legal, pero resulta necesario destacar una de ellas, dada por Schurmayer que
dice: "
es la ciencia que enseña el modo y los
principios cómo los conocimientos naturales y médicos adquiridos por la
experiencia que se aplican prácticamente y conforme a las leyes existentes,
para auxiliar a la Justicia y descubrir la verdad
"
Con
ello, es indispensable retroceder un poco en el tiempo para ubicarnos en el año
de 1220 cuando esa función de auxiliar de la Justicia empieza a hacerse
evidente, en especial cuando el emperador Federico II de Hohestaufen instituyó
la medicina forense.
DESARROLLO
Como
nos explica la historia de la Medicina Legal desde hace ya muchos años en las
universidades de Europa se integraba en los planes de estudios en la Carrera de
derecho y era impartida por los catedráticos más reconocidos, por es tomada
como esencial en la formación de un Abogado.
Para
poder entender mejor el porqué es de suma necesidad su integración en el plan
de estudios, el doctor Mc Adams en su tesis nos argumenta el porqué la urgencia
de anexarla dentro de la carrera de derecho.
El argumenta que la medicina legal o medicina
forense, forma parte de las especialidades de la medicina dentro de las
denominadas ciencias médico sociales, contempla intereses generales de una
comunidad, sociedad o de una nación.
El campo de la medicina legal
es sumamente amplio, abarcando no solo los conocimientos de la medicina en
general, sino también todo el conocimiento de las ciencias biológicas, siendo
por tanto la medicina legal la ciencia madre de todas las ciencias forenses, de
gran auge en los últimos años a nivel
mundial; pudiendo afirmar que la medicina legal entra en juego siempre
que la materia biológica se convierta en sustrato de normas de derecho, o en
general de disposiciones administrativas de cualquier índole.
Se podría definir a la medicina
legal, como la ciencia que tiene por objeto el estudio de las cuestiones que se
presentan en el ejercicio profesional del jurista y cuya resolución se
fundamenta total o parcialmente en ciertos conocimientos médicos o biológicos
previos; definición muy acorde para los profesionales del derecho; la medicina
legal es el conjunto de conocimientos médicos y biológicos necesarios para la
resolución de los problemas que plantea el derecho, tanto en la aplicación de
las leyes como en su perfeccionamiento y evolución.
La medicina legal tiene un
carácter de ciencia auxiliar o asesora del derecho, siendo su labor
importantísima, necesaria e insustituible, sin la cual no se podría concebir
una correcta administración de justicia, en el contexto de una sociedad que se considere
civilizada y con un respeto pleno del ordenamiento jurídico actualizado.
Un claro ejemplo de esto es que
los magistrados buscan la valiosa colaboración de aquellos profesionales, o no
profesionales pero conocedores de un aspecto específico del accionar humano,
que le puedan asesorar de acuerdo a esa especialidad, en el asunto que se trata
de esclarecer; naciendo así los llamados peritos o expertos; como también se
les puede denominar a los profesionales que laboran en medicina legal.
La medicina legal es una
ciencia asesora del derecho, lo que le da una
explicación aplicativa, constituyendo el médico legista un asesor
técnico altamente especializado; siendo el campo de acción de la medicina legal
los procedimientos legales de orden penal principalmente, también de orden
civil, laboral, administrativos y otros, que lleven implícitos causas o efectos
de orden biológico o médico. Pueden tratarse de perjuicios causados a la salud
o la vida, de la comprobación de ciertos estados fisiológicos o patológicos, de
la determinación de las causas de muerte, de relaciones significativas entre
acciones y estados orgánicos, de la cronología de procesos biológicos en el
vivo o después de la muerte, etc. En general, en cualquiera de estos casos, la
aplicación para el esclarecimiento de la verdad, es de exclusiva competencia
del médico legista como asesoramiento previo a cualquier decisión judicial.
Por lo expresado en las líneas
anteriores, resulta por demás entendible, respecto de la medicina legal o
medicina forense, la necesidad de su estudio por parte de los abogados y
magistrados, y todo aquel profesional incluido en el proceso de administración
de justicia, y que éstos sean capaces de valorar y aprovechar los resultados de las peritajes
médicos médico legales, a fin de obtener de ellas sus máximos frutos; o tal vez
para solicitar una pericia cuando interese y sea necesaria, sabiendo de
antemano que es lo que puede pedir e incluso hasta donde puede rendir la
investigación pericial.
Los
argumentos que se presentan en esta investigación, nos muestran la necesidad de
la integración de la materia de medicina legal dentro del plan de estudios de
la carrera de derecho, es una materia que va de la mano con los actos jurídicos
que los abogados van a despeñar cuándo terminen su carrera, y es necesario que
cuenten con el conocimiento para poderlo aplicar.
La
medicina legal es una materia que puede ser aplicada en todas las áreas del
derecho principalmente es en el Derecho Penal donde más ha impreso su huella la
Medicina Legal.
El
diagnóstico de muerte y causa de muerte, reconocimiento y determinación del
tipo de lesiones y sus agentes causales, sus secuelas inmediatas o mediatas, el
estudio físico y psíquico de un delincuente son sólo algunas de los aspectos de
la Medicina Legal y Forense, a las que se le deben sumar temas como la
asfixiología, deontología médica, jurisprudencia médica, ejercicio ilegal de la
medicina, secreto médico, responsabilidad civil y penal de los médicos,
peritaje médico legal, tanatología, sevicias, medicina laboral, sexología
médico legal, tocoginecología médico legal, la toxicología y psiquiatría médico
legal.
En el terreno civil, la Medicina Legal, aplica
la Psiquiatría Médico Legal, para intentar estimar la capacidad mental en los
casos herencia, administración de bienes y validez de diversas actividades de
la persona en su vida en la sociedad.
En el área correspondiente a la Medicina
Laboral, se aplican los conocimientos sobre enfermedades o accidentes
profesionales y sus consecuencias, haciendo una valoración del daño corporal
que sufrió el trabajador y el porcentaje de incapacidad o capacidad restante.
La Medicina Legal asiste al derecho en
aspectos primordiales: el primero son las manifestaciones teóricas y
doctrinarias básicas, cuando el jurista necesita de las nociones médico
legales, el segundo se aplica en la labor cotidiana del médico de tribunales.
Es
función del Médico Legista asesorar al jurista para la correcta formulación de
la norma relacionada con los conocimientos médicos y la aplicación correcta de
dichas normas.
“Si la Medicina Legal, es el conjunto de todos
los conocimientos médicos aplicados a resolver los problemas que se plantean
desde la vertiente del derecho, su método no es el otro que el de las ciencias
médicas, y el método de Medicina Forense es el conjunto de los recursos de que
ésta se vale para tratar de resolver los problemas que quienes se encargan de
administrar justicia le plantean.”
El
plan de estudios Minerva de la licenciatura de derecho solo sufriría una modificación
dentro de área de ciencias penales, agregando la materia de Medicina Legal con
un valor curricular de 4.5 créditos; al integrarla el plan de estudios quedaría
de la siguiente manera, señalando con color amarillo donde sufriría las
modificaciones.
Nivel Básico
Área
de Formación General Universitaria
|
4
|
|
4
|
|
4
|
Área
de Tronco Común de la DES de Sociales
|
4
|
|
4
|
|
4
|
|
4.5
|
|
4.5
|
Área
de Asignaturas
básicas
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
Nivel Formativo
Práctica Profesional Crítica
|
10
|
|
7
|
Área
de Derecho civil y
mercantil
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
Área
de Derecho del trabajo y de la seguridad
social
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
Área
de Ciencias penales
|
4.5
|
|
4.5
|
|
|
|
4.5
|
|
4.5
|
Área
de Derecho Constitucional y
Amparo
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
Área
de Derecho fiscal
|
4.5
|
|
4.5
|
Área
de Derecho económico e
Internacionales
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
Área
de Investigación Jurídica
|
4
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4
|
|
22.5
|
|
22.5
|
|
18
|
|
22.5
|
|
22.5
|
|
22.5
|
|
22
|
Optativas
Complementarias
Obligatorias
|
4.5
|
|
4.5
|
Complementarias
Opcionales
|
4.5
|
|
4.5
|
|
4.5
|
ü
Optativa VI
|
4.5
|
ü La modificación seria a nivel formativo en el
área de las ciencias penales agregando la materia de medicina legal.
Con este pequeño cambio la formación de los
abogados seria integral, y contarían con muchos más conocimientos a aplicar, y
que sin dudas solamente traerán consecuencias positivas.
CONCLUSIÓN.
Al realizar esta investigación, afirmo que el
integrar la asignatura de medicina Legal en el plan de estudios solo aportara
beneficios a los estudiantes, después de todos los argumentos que se presente y
ver la gran relación que existe entre ellas, puedo concluir que la Medicina
Legal esta constantemente presente en el
Derecho, desde el área de las ciencias penales hasta el área de las ciencia laborales.
Es una materia necesaria y muy completa ya
que nos presenta los conocimientos médicos y biológicos
necesarios para resolver problemas jurídicos, y poder ejercer nuestra carrera
sin ninguna limitación.
REFERENCIAS.
Referencia APA: Quiroz, A.(1999).Medicina
forense y legal.Mexico:Porrúa
ML: Alfonso Quiroz Cuarón.
Medicina forense y legal.9ª ed, Mexico, Porrúa, 1999, pp. 15-67.
Referencia 2: APA: Aristimuño,G.(2008). Medicina Legal y
Decálogo del Abogado Legista. Mexico:Hammurabi
ML: Gustavo Adolfo
Aristimuño.Medicina Legal y Decálogo del Abogado Legista.2ª
ed,Mexico,Hammurabi, 2008,p.36-48.
Referencia 3: APA: Martinez, S.(2004).Medicina
legal.Méndez Editores
ML: Salvador Martínez
Murillo. Medicina legal.17a ed,
México : Méndez Editores, 2004,pp. 13-67
Referencia 4: APA: MC Adams,
P.(2007).Tesis de medicina legal y su aplicación.EUA:sin editorial.
ML: MC Adams Philips.
Tesis de medicina legal y su aplicación.1ªed,EUA:sin editorial,2007,pp. 83-117.
muy cierto, e interesante, me gustaría poder conocer mas acerca de la formación de este proyecto.
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